LO QUE DICE LA LEY
En algunas comunidades hay zonas o cuartos comunes para el uso propiamente comunitario o si acaso esporádico de algún vecino. Es frecuente que en muchas comunidades se hagan cosas que no se deben, en contra lo que establecen las normas, muchas veces por ignorancia, otras por dejadez, y otras por abuso de confianza, incluso a espaldas de la comunidad o con el consentimiento de alguna minoria.
Quizas no tenga mucha importancia, pero la zona común es común y hay que respetarla. Lo que llama mucho la atención es el uso que le dan algunos, aprovechándose de su situación y porque muchos vecinos no se dan cuenta sencillamente porque no viven allí, sobre todo cuando se trata de una segunda residencia y se aprovechan para depositar sus pertenencias.
CUARTO TRASTERO COMUNITARIO:
El trastero comunitario que se encuentra en una zona común del edificio, debiera ser para todos vecinos de la comunidad y para utilizarlo excepcional u ocasionalmente, no para guardar indefinidamente las pertenencias de alguien, saltándose algunas normas o leyes que pudieran incluso poner en peligro la seguridad del edificio, por almacenar elementos combustibles en zonas prohibidas, más allá de lo razonable .
Incluso personas ajenas a la comunidad, lo han utilizado para guardar sus objetos personales, solamente porque tiene alguna relación o vinculo con algún vecino y se aprovechan de ello porque la mayoría no se dan cuenta y no lo ven.
Luego cuando ha habido que utilizar ese trastero comunitario esporádicamente por algún vecino, no han podido porque estaba ocupado y han tenido que dejar sus objetos indebidamente en otras zonas consideradas de riesgo, como por ejemplo en el cuarto de contadores eléctricos, que por Ley, citado anteriormente, está prohibido utilizardo como zona almacenamiento o cuarto trastero. Vease la ITC BT 16 del Reglamento de Baja Tensión, Ocasionando un riesgo o peligro, como se puede ver más adelante la foto del cuarto de contadores utilizado como almacén.
CUARTO DE CONTADORES DE LA ELECTRICIDAD:
Cuando el Cuarto Trastero de la Comunidad está ocupado, y como consecuencia de ello recurren a la solución más fácil y otros vecinos dejan sus pertenencias en el Cuarto de Contadores de la Electricidad, como se puede ver en la imagenes siguientes, en vez de dejarlo en el Cuarto Comunitario, que para eso está, lo cual está terminantemete prohibido por Ley.
Según, decia en el apartado de Contadores electricos, la ITC-BT-16 del Reglamento de Baja Tensión, no se puede uilizar el Cuarto de Contadores como zona de almacén o cuarto, trastero, de basuras, etc. por RIESGO DE INCENDIO según el Código Tecnico de Edificación.
Se apruebe lo que se apruebe o lo que se diga en junta, NUNCA se puede saltarse la Ley.
Como se pueden ver en algunos cuartos de contadores, fue ocupado con pertenencias de algunos vecinos:
Esto constituye una posible irresponsabilidad más de los procedimientos y forma de actuar indebida de una comunidad, como con las válvulas de presión, como la Comunidad no se hacia cargo de su reparación, las quitaron por su cuenta, con el riesgo de haber provocado un reventón de las tuberias, de imprevisible consecuencias, ya que muchos vecinos no viven alli permanentemente y no se hubieran percatado de ello y no hubieran podido hacer las reparaciones oportunas puntualmente, y en este caso, igualmente, hubieran podido provocar un incendio o cualquier otro peligro por el almacenamiento indebido de material combustible en una zona de riesgo, lo cual hubiera perjudicado a toda la comunidad.
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