LO QUE DICE LA LEY
El Cógido Técnico de la Edificación es el marco normativo que establece las exigencias básicas de los edificios.
Entre otras muchas disposiciones, define lo que es una instalación particular o comunitaria en un edificio
Igualmente define el local donde se situa equipo de tratamiento de agua
Con esta definición refuerza la teoria del Código Civil para diferenciar lo que es una instalación individual o comuntaria a la hora de exigir responsabilidades en su mantenimiento
DEFINICION DE UNA INSTALACIÓN PARTICULAR Y UNA GENERAL O COMUNITARIA SEGÚN EL C.T.E.
Según el punto 3.2.1.3 del C.T.E., todos estos elementos están dentro de la propia vivienda.
Por lo tanto, las comunidades son las responsables del mantenimiento de todos los elementos que quedan fuera de la vivienda, y no se le puede achacar a ningún vecino individualmente su reparación
En el Apartado de Terminología del tratamiento de aguas, del C.T.E., vuelve a definir lo que es una instalación individual o comunitaria, y de ahí viene la responsabilidad de su mantenimiento.
SITUACIÓN DEL EQUIPO DE TRATAMIENTO DEL AGUA
En el Apartado 3.2.1.6.5 del C.T.E., dice que NO se debe pasar a reparar o manipular en la zona del equipo de trataminto de agua, por cualquier persona, ya sean válvulas reguladoras de presión o cualquier otro elemento, está restringido su acceso exclusivamente a personal ténico autorizado.
No puede un vecino de motu propio ponerse a manipular cualquer elemento que este en el cuarto del equipo del tratamiento del agua, como puede ser por ejemplo una valvula reguladora de presión
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